LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 de la Constitución Política del Estado; 26 y 42 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, declara procedente la acreditación del contenido del acta de Cabildo de fecha 27 de mayo de 2009, en la que el cuerpo colegiado municipal de Concepción Buenavista, Coixtlahuaca, Oaxaca, calificó procedente la licencia presentada por el C. ONESIMO SANTAMARÍA REGENTE al cargo de Presidente Municipal del Ayuntamiento citado, y que el C. MARCO ANTONIO CRUZ RAMÍREZ, ocupe el cargo de Presidente Municipal Interino, del Ayuntamiento de Concepción Buenavista, Coixtlahuaca, Oaxaca al no existir suplente, cargo que durará por el tiempo que sus prácticas democráticas lo determinen.

 

 

Comuníquese esta determinación al Ayuntamiento de Concepción Buenavista, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, a la Titular de la Auditoria Superior del Estado, al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALON DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 12 de noviembre de 2009.

 

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

PRESIDENTE.

 

 

 

DIP. AGUSTÍN AGUILAR MONTES.

SECRETARIO.

 

 

DIP. ISABEL CARMELINA CRUZ SILVA.

SECRETARIA.